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Brasilia

Hola a tod@s, a ver si me podeis orientar, próximamente solicitaré el arraigo de tres años para obtener la residencia y me han comentado que suelen tardar entre dos y tres años más en contestar con la resolución, ¿es eso verdad?¿conoceis algun caso? estoy en Alicante y ójala no sea verdad, pues vaya palo.....
saludos y gracias
gracias nessa, la verdad es que uno o dos meses me cuadra, aunque depende tb para cuando te den la cita en la subdelegación de extranjeria, pero dos o tres años como me dijeron creo que se han pasado.
gracias!! si alguien conoce el tema por Alicante pues me informa, por favor.
hola, a mi me faltan 5 meses para solicitarlo, pero tu amigo a la hora de presentarlo todo tiene que ir con un contrato de trabajo firmado por él y se le ha de dar de alta en la seg. social. Además tiene que demostrar que lleva tres años aqui empadronado, pedir informes de carecer de antecedentes tanto en Brasil como en España, etc etc. Si el estuviera en Brasil le harias una oferta desde aqui, pero como el está aqui, directamente ha de presentarse ya con un contrato.
Ya hablamos. Chao.
ARRAIGO SOCIAL: podrán obtener esa autorización, los que acrediten la permanencia en España por un periodo mínimo de tres años siempre que cuenten con un contrato de trabajo firmado tanto por el trabajador como por el empresario por un año de duración, al tiempo de la solicitud, y carezcan de antecedentes penales tanto en España como en su país de origen. Así mismo, han de acreditar vínculos familiares con otros extranjeros residentes, o en su defecto, presentar un informe emitido por el ayuntamiento de la localidad en que resida que acredite su inserción social.
Sí que puede reunir todos los requisitos para el arraigo social, que son:
- Para demostrar los 3 años sirven todo tipo de documentos oficiales, como el empadronamiento, la tarjeta sanitaria o cualquier otro.
- Para demostrar que se carece de antecedentes hay que aportar un certificado de penales legalizado y traducido. El de España no hay que presentarlo ya que la policía tiene los datos.
- Contar con un contrato de trabajo de un año de duración, que contenga una cláusla estableciendo que no entrará en vigor hasta que se apruebe el permiso.
- Tener un familiar en primer grado con documentación o un informe de inserción social municipal (se pide en los servicios sociales del Ayuntamiento).
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
ARRAIGO SOCIAL: solicitud ex00 , pasaporte, pruebas de tres años, contrato y vinculos familiares legales, si falta uno de estos dos ultimos se sutituye por informe social SS municipales, medios de vida, antecedentes penales origen, en caso de contrato se presenta toda la documentacion de la empresa para un inicial.
EN GENERAL
Pruebas de permanencia en España de 3 años, contrato de trabajo, y vínculos familiares o informe de integración social.
¿DONDE SE PRESENTA LA DOCUMENTACIÓN?
En la Oficina de Extranjeros.
¿QUIEN PRESENTA LA DOCUMENTACIÓN?
El extranjero como interesado, debe ir personalmente.
¿QUE DOCUMENTOS SON NECESARIOS EN GENERAL?
Solicitud Ex 01. firmada por el empleador, por duplicado.
Pasaporte, completo, en vigor. En el supuesto de que esté caducado deberá aportarse copia de los mismos y de la solicitud de renovación.
Dos fotografías tamaño carné.
Certificado de empadronamiento y otras pruebas que acredite la permanencia previa y continuada en España, durante un mínimo de tres años.
Se otorgará preferencia a los documentos que hayan sido emitidos y/o registrados por una Administración pública española, que sean originales o copias compulsadas y que contengan claramente la identificación del interesado.
Certificado de antecedentes penales en su país de origen, si el interesado es mayor de edad penal, en su caso, en los de residencia en los últimos cinco años, legalizado.
El certificado de penales de España, no es necesario, ya lo solicita la propia oficina de extranjeros.
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