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Mié, 08/02/2012 - 18:00

VISA DE ESTUDIANTE - ESTANCIA

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VISA DE ESTUDIANTE - ESTANCIA



Quién puede pedirla?

El extranjero que viaje a España  y tenga como único o principal fin cursar estudios o realizar trabajos de investigación o formación, no remunerados laboralmente, en cualquier centro docente o científico español, ya sea público o privado oficialmente reconocido.

Quién necesita visado?

Los nacionales de los países para cuya entrada inferior a 90 días no se les exige visado, no necesitan de visado de estudiantes para la realización de estudios inferiores a dicho periodo.
El resto de los nacionales y quienes se extiendan a más de 90 días de permanencia deberán  solicitar antes de su llegada a España ante la Misión Diplomática u Oficina consular correspondiente en su país de origen el correspondiente visado.

Qué documentación deberá presentarse?

Para la solicitud habrá que presentar documentación académica que acredite los estudios ya superados.
- Solicitud en modelo oficial (Ex-03) debidamente cumplimentada.
- Tarjeta de estudiante en vigor o solicitud de renovación, en su caso.
- Certificación del centro donde curse los estudios, relativa al periodo y horario lectivo.

Una vez en España el estudiante necesita autorización de estancia por estudios :

Donde se solicita la Autorización de Estancia ?

Debe solicitarla ante la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde se encuentre.

Qué se debe presentar para la obtención de la autorización de estancia?

Documentación que demuestre que:

- Cumple todos los requisitos para la entrada y permanencia en España, incluído el visado para cursar o ampliar los estudios.

- Han sido reglamentariamente admitidos en cualquier centro docente o científico español, público o privado, para cursar o ampliar estudios o realizar trabajos de investigación o formación no remunerados laboralmente con indicación de un horario que implique la asistencia con una duración prevista no inferior a tres meses, incluyendo el plan de estudios, investigación o formación aprobado.

- En el caso de estudiantes menores de edad no acompañados por sus padres, será necesario la autorización de éstos para el desplazamiento y para realizar los estudios, en la que conste el centro y el periodo de estancia previsto.

- Tienen garantizados los medios económicos necesarios para sufragar el coste de sus estudios, su estancia y regreso a su país, y en caso, el de sus familiares.


FERFI


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